Visados y residencia
Visado de Nómada Digital en España: vías, condiciones y documentos
La vía española de teletrabajo internacional permite a determinados nacionales de fuera de la UE vivir en España mientras trabajan de forma remota para empresas o clientes ubicados fuera de España, ya sea mediante un visado consular o mediante una autorización de residencia solicitada desde dentro de España.
Qué es la vía de nómada digital
La vía comúnmente llamada "visado de nómada digital" es el marco de teletrabajo internacional introducido por la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (Ley 14/2013). Está dirigido a nacionales de fuera de la UE que realizan su trabajo de forma remota, utilizando exclusivamente medios telemáticos, para empresas o clientes ubicados fuera de España.
No es un estatus turístico ni un permiso de trabajo general para el mercado laboral español. La autorización está vinculada a la relación de trabajo remoto concreta que se documenta en la solicitud.
A quién encaja esta vía
La solicitud cambia según cómo trabajas. Elige el perfil que mejor describe tu relación profesional actual.
↓ Sigue leyendo Más detalles prácticos y próximos pasos a continuación.
Dos vías: visado o autorización de residencia
Se puede acceder a este marco de dos formas distintas, y no son intercambiables.
1. Visado consular. Se solicita en el consulado español con jurisdicción sobre su lugar de residencia, antes de viajar. Esta vía se utiliza cuando usted se encuentra fuera de España. El visado permite la entrada y una estancia inicial, y su validez es más corta que la de la autorización de residencia concedida desde dentro de España.
2. Autorización de residencia solicitada desde España. Cuando el solicitante se encuentra legalmente presente en España —por ejemplo, durante una estancia legal—, la solicitud puede presentarse ante la unidad competente en España. Una vez concedida, la autorización de residencia tiene una validez inicial más larga que el visado consular y es renovable mientras se sigan cumpliendo las condiciones.
Dado que ambas vías tienen distinta duración, distintos órganos de tramitación y distintos pasos posteriores tras la llegada, la elección debe hacerse antes de comenzar la legalización de documentos. Los plazos exactos de validez aplicables a su caso deben confirmarse con la guía oficial vigente, ya que dependen de la vía y de sus circunstancias.
¿Qué se comprueba?
Además de las condiciones del perfil anteriores, el expediente se valora sobre:
- Situación de Seguridad Social. El expediente debe mostrar cómo se resuelve la cobertura —ya sea mediante alta en el sistema español, o mediante un certificado de legislación aplicable emitido en virtud de un convenio internacional cuando proceda—, junto con el compromiso del empleador cuando corresponda.
- Medios suficientes, cobertura sanitaria y antecedentes penales, conforme a los requisitos generales aplicables a este marco.
Los umbrales económicos se fijan por referencia a indicadores oficiales y pueden cambiar. Confirme las cifras vigentes en las fuentes oficiales indicadas más abajo, en lugar de fiarse de números repetidos en blogs.
Documentos que suelen solicitarse
¿Qué debes tener claro antes de reunir documentos? En torno a qué empresa o clientes extranjeros se construye el expediente, cómo se resuelve tu situación de Seguridad Social, si incluyes a algún familiar y qué documentos necesitarán apostilla, legalización o traducción jurada. Los expedientes suelen atascarse en uno de esos cuatro puntos.
Documentación que suele solicitarse:
- Pasaporte en vigor con la vigencia restante suficiente.
- Contrato de trabajo o de prestación de servicios, junto con carta del empleador o cliente que confirme que se permite el teletrabajo y describa el puesto.
- Acreditación del registro y de la actividad previa de la empresa.
- Acreditación de la duración de la relación laboral o profesional.
- Titulación, cualificación profesional o experiencia profesional documentada.
- Documentación de Seguridad Social: certificado de legislación aplicable, o acreditación del alta o del compromiso de alta en España.
- Certificado de antecedentes penales del periodo de residencia previa exigido, legalizado o apostillado y traducido oficialmente cuando proceda.
- Seguro de enfermedad público o privado con cobertura completa en España, cuando su vía lo exija.
- Acreditación de medios económicos para el solicitante y sus familiares.
- Justificante de la tasa aplicable.
Los requisitos de legalización, apostilla y traducción jurada dependen del país emisor y de la oficina receptora. Empiece pronto: son la causa más habitual de retraso.
Familiares
El marco permite que determinados familiares —normalmente el cónyuge o pareja equivalente, hijos dependientes y, en algunos casos, ascendientes dependientes— soliciten conjuntamente con el solicitante principal o se reúnan con él posteriormente.
Las solicitudes familiares requieren evidencia adicional: prueba del vínculo familiar, medios económicos adicionales para cada persona acompañante, cobertura sanitaria y, cuando proceda, certificados de antecedentes penales para los familiares adultos. Que un familiar tenga derecho propio a trabajar depende de la autorización concedida, no del vínculo familiar por sí solo.
Qué ocurre tras la aprobación
Si entró con un visado consular, normalmente deberá completar los trámites posteriores en España: empadronarse (empadronamiento) cuando sea necesario, y solicitar la tarjeta física de residencia (TIE) dentro del plazo indicado en su resolución o visado.
Si la autorización de residencia se concedió desde dentro de España, la solicitud de la TIE sigue a la notificación de la resolución favorable.
La autorización sigue condicionada a la situación documentada. Si la relación laboral, la estructura de clientes o el acuerdo de trabajo remoto cambian sustancialmente, debe revisarse el efecto sobre la autorización antes de que el cambio se produzca.
El tratamiento fiscal es una cuestión distinta
Importante: tener esta autorización no aplica automáticamente ningún régimen fiscal especial. La aprobación de extranjería y el estatus fiscal se deciden por separado, por autoridades diferentes, conforme a normas y plazos distintos.
Los solicitantes que deseen acogerse al régimen especial de trabajadores desplazados deben hacerlo a través del procedimiento fiscal, dentro de sus propios plazos y sujeto a sus propias condiciones. Se recomienda encarecidamente obtener asesoramiento fiscal individual antes de la llegada o poco después, ya que la elegibilidad depende de hechos personales como la residencia previa, las fuentes de ingresos y la situación familiar.
Errores frecuentes
- Asumir que el visado consular y la autorización de residencia tramitada en España son el mismo producto con la misma duración.
- Firmar un nuevo contrato con el empleador extranjero poco antes de solicitar, lo que puede debilitar la condición de relación previa.
- Dejar sin resolver la cuestión de la Seguridad Social y asumir que una póliza privada por sí sola la resuelve.
- Basarse en umbrales en euros copiados de artículos antiguos en lugar de las cifras oficiales vigentes.
- Asumir que un NIE o el empadronamiento sustituyen a la autorización propiamente dicha.
Fuentes oficiales
- Unidad de Grandes Empresas — Teletrabajadores de carácter internacional
- Unidad de Grandes Empresas — Autorizaciones y requisitos (Ley 14/2013)
- Unidad de Grandes Empresas — Solicitudes (presentación electrónica de la Ley 14/2013)
Los umbrales y las listas documentales los fija la autoridad competente y pueden cambiar. Confirme la situación vigente antes de preparar el expediente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar para clientes españoles bajo esta vía?
Los solicitantes profesionales autónomos pueden trabajar con clientes establecidos en España solo dentro del límite legal sobre el porcentaje de su actividad total. Se espera que los solicitantes empleados trabajen para una empresa ubicada fuera de España. Si los clientes o empleadores españoles fueran la fuente principal de trabajo, generalmente correspondería una autorización distinta.
¿El visado consular tiene la misma duración que la autorización de residencia?
No. El visado emitido por un consulado cubre un periodo inicial más corto que la autorización de residencia concedida cuando la solicitud se presenta desde dentro de España. Confirme el periodo aplicable a su vía en la guía oficial vigente.
¿La aprobación implica que obtengo automáticamente un régimen fiscal especial?
No. El tratamiento fiscal se decide por separado a través de la autoridad tributaria, con sus propias condiciones y plazos. La aprobación de extranjería no aplica ningún régimen automáticamente, y se recomienda asesoramiento fiscal aparte.
¿Sigo necesitando una TIE?
En el caso habitual, sí: tras entrar con el visado o tras una resolución favorable concedida en España, se solicita la tarjeta física de residencia dentro del plazo indicado. Su resolución o visado indica el trámite y el plazo aplicables.
¿No sabes cómo se aplica a tu caso?
Marta puede revisar tu situación y confirmar el procedimiento probable antes de recomendar un servicio de ExpatPlanner.